29/9/09

EL ESTADO DEL DERECHO II

EN TABASCO EN LA ÉPOCA DE LA INDEPENDENCIA

II/XII

1.4 TABASCO Y SUS CONSTITUCIONES

Francisco Peralta Burelo observa que por sus títulos y decretos promulgados puede inferirse, sin objeción aparente, que Tabasco ha tenido, al cabo de su existencia como entidad confederada por el Pacto de la Unión, ocho, o al caso, nueve constituciones particulares: las del 5 de febrero de 1825; 16 de noviembre de 1831; 17 de agosto de 1850; 15 de febrero de 1914; y, 5 de febrero de 1919. Éstas, observadas en el marco de una primera visión general. La del 5 de abril de 1975 podría ser –o en su caso es-, la décima Carta Política de Tabasco. “Así se desprende –nos dice- pues de la primera impresión que produce la lectura rápida de todos y cada uno de los textos que constituyen la colección histórica de Constituciones tabasqueñas”.

1.5 PRIMERA DIPUTACIÓN PROVINCIAL

Se instala entonces la primera Diputación Provincial y se crean Cabildos o Ayuntamientos y funcionarios de elección popular; entre tanto, el Grito de Dolores resonaba por doquiera y la insurrección de Nueva-España que iba creciendo hasta hacerse imposible de sofocar, tomando poco a poco amplias dimensiones, en términos que de Tabasco salen compañías de milicianos y pardos libres en auxilio, en unión de las de Yucatán, para Veracruz al mando del coronel Francisco de Heredia y Vergara, quien más tarde se hace cargo del gobierno.

1.6 PARTIDOS Y ABOLICIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812

Cabe señalar que en Tabasco había ya dos partidos: el de la Corona y el de los independientes. Bajo este concepto, es de suponerse que los ánimos estaban caldeados. Para mantener el orden hubo necesidad de arreglar cuatro brigadas de la Costa y una compañía de voluntarios españoles, fieles vecinos, al mando del capitán Juan de Molina ya que en 1811 existía otro cuerpo de infantería nombrado por Fernando VII.

El 4 de mayo de 1814, Fernando VII salió de cautividad y abolió por Decreto de ese día la Constitución que había menoscabado su poder y disuelve las Cortes. En Tabasco se distinguieron algunos patriotas que habían dado el Grito de Independencia; el Sr. José M Jiménez encabezaba aquellos patriotas y por tal motivo el gobernador Heredia lo puso en calabozo.

2 ANTECEDES:

Muy pronto el rey de España se encuentra obligado por el Partido Constitucionalista a aceptar y jurar la Carta Fundamental de 1812, el 5 de marzo de 1820. Según una tradición primero cerraron (sic) aquí en la Plaza de Armas de Villa-Hermosa en un pilar la Constitución, y después la sacaron en triunfo.

En esa época fueron alcaldes constitucionalistas D. Francisco Betancourt y Peralta y D. Juan Molina.